Denuncia grave violación a los DDHH de la adolescente Samantha Hernández tras negársele la amnistía

La Payara Digital/ Caracas, 08 de abril de 2026. El abogado defensor de derechos humanos Carlos Trapani, coordinador general de la ONG Cecodap, denunció este martes que la decisión del Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente con competencia en terrorismo, que negó la aplicación de la Ley de Amnistía a la adolescente Samantha Hernández, constituye una grave violación a los derechos humanos y un acto de arbitrariedad judicial.

Hernández, de 16 años de edad, está acusada del delito de terrorismo. El tribunal rechazó el 16 de marzo la solicitud de amnistía sin ofrecer fundamentos jurídicos claros, pese a que la ley establece que su aplicación es obligatoria cuando se cumplen los supuestos previstos.

“Imputar terrorismo a una adolescente ya es grave. Negarle la amnistía sin explicar por qué es aún peor”, afirmó.

Trapani cuestionó duramente la sentencia, señalando que el tribunal omitió analizar los elementos esenciales que exige la Ley de Amnistía para determinar si el caso está cubierto por la normativa.

“No es solo un caso penal. Es una adolescente enfrentando el poder del Estado y una sentencia que no explica por qué le niega un derecho”, afirmó.

El abogado explicó que la ley obliga al juez a verificar tres aspectos: si los hechos ocurrieron en el contexto político-electoral que cubre la amnistía; si encajan dentro de los supuestos amnistiables; y si existe alguna razón legal que impida su aplicación.

“Ese análisis es básico. Sin embargo, la sentencia no lo realiza. No responde la pregunta más importante: ¿este caso está o no dentro de la ley de amnistía?”, advirtió.

Una exclusión sin sustento

Trapani señaló que el tribunal asumió que, por tratarse de terrorismo, la amnistía no podía aplicarse, pero recordó que la ley no excluye delitos por su nombre, sino por su naturaleza, y solo en casos muy específicos como violaciones graves de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.

“La exclusión se da por sentada, sin explicación. No hay análisis jurídico, no hay estándares, no hay motivación”, afirmó.

Además, denunció que la sentencia ignoró el principio de interpretación favorable a los derechos humanos, obligatorio cuando existe duda.

El defensor recordó que la Ley de Amnistía establece que, cuando se cumplen sus condiciones, la acción penal se extingue automáticamente, y el tribunal debe declarar el sobreseimiento.

“No se trata de una decisión basada en la voluntad del juez, sino de una obligación jurídica. La sentencia desvirtúa completamente la naturaleza de la amnistía”, señaló.

Trapani subrayó que el tribunal también ignoró los estándares propios de la justicia penal adolescente, cuyo objetivo no es castigar, sino proteger, educar y favorecer la reintegración.

“Nada en la sentencia evalúa el impacto en su desarrollo, su salud mental, su entorno familiar o su proyecto de vida”, denunció.

El abogado alertó que, en casos donde se imputan delitos de alta complejidad a menores de edad, es indispensable analizar si el adolescente pudo haber sido manipulado, instrumentalizado o utilizado por adultos.

“La sentencia no examina el contexto, no identifica relaciones de poder, no valora si pudo haber sido utilizada. Reduce el caso a una lógica punitiva y desconoce el enfoque de protección”, afirmó.

Trapani advirtió que la falta de garantías, el uso incorrecto de la ley y la ausencia de motivación convierten la sentencia en un acto arbitrario que vulnera derechos fundamentales.

Este caso debe ser revisado. No solo por lo que dice la ley, sino por lo que está en juego: la vida, la dignidad y el desarrollo de una adolescente frente al poder punitivo del Estado. Porque cuando la justicia falla en proteger, también puede convertirse en fuente de daño”, concluyó.

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